Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Carácter excepcional
- Requisitos
- Se ordena que los nombres y los datos que permitan identificar al accionante en sentencia y auto sean suprimidos de toda publicación actual y futura
- Puede decidir si mantiene en reserva los nombres reales de los actores de un proceso de tutela, con la finalidad de proteger los derechos fundamentales
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Con el presente auto se ordena suprimir de toda publicación actual y futura de la Sentencia T-1003/99, el nombre y los datos que permitan identificar al accionante.
Para dar cumplimiento a lo anterior se dispone sustituir el nombre del peticionario por “Miguel” y reemplazar en la página web de la Corporación la versión de la precitada providencia, por la que resulte de cambiar dicha información.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- PRIMERO. ORDENAR que, por la Secretaria General de esta Corporacion, de manera inmediata se proceda a SUPRIMIR de toda publicacion actual y futura del fallo de la referencia el nombre y los datos que permitan identificar al accionante de la Sentencia T-1003 de 1999, y que en su lugar se sustituya por el nombre ficticio de "Miguel".
- SEGUNDO. ORDENAR a la Relatoria de la Corporacion que, de manera inmediata, proceda a REEMPLAZAR en la pagina Web de la Corte Constitucional la version de la Sentencia T-1003 de 1999 por la que resulte de cambiar el nombre y datos de identificacion del accionante.
- TERCERO. Por intermedio de la Secretaria General, ORDENAR al Juzgado Quince Civil del Circuito de Bogota, despacho que profirio el fallo de tutela de unica instancia, que se encargue de salvaguardar la intimidad del accionante, manteniendo la reserva sobre el expediente.
- CUARTO. INFORMAR el contenido de esta providencia al solicitante.
- QUINTO. ADVERTIR que contra esta providencia no procede recurso alguno.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.